El 1 de junio de 2026, los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS, por sus siglas en inglés) publicaron una regla provisional final mediante la cual se establecen nuevos requisitos laborales para Medicaid, conocidos como “requisitos de participación en la comunidad”. La regla entrará en vigor el 1 de enero de 2027.
¿Quiénes quedan exentos de los requisitos laborales?
Aunque la regla provisional final incluye exenciones para muchas personas con discapacidad, no todas quedarán exentas automáticamente. Algunos grupos de personas sin discapacidad también cumplen los requisitos para determinadas exenciones. Entre los grupos exentos se incluyen las personas que:
- Menores de 19 años o mayores de 64 años
- Padecen una enfermedad grave o compleja
- Reciben la Renta de Seguridad Suplementaria (SSI, por sus siglas en inglés)
- Reciben el Seguro de Incapacidad de la Seguridad Social (SSDI, por sus siglas en inglés)
- Tienen derecho a Medicare o están afiliados a él
- Reciben beneficios del Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP, por sus siglas en inglés) y NO están exentos de los requisitos laborales del SNAP
- Ya cumplen los requisitos laborales del programa de Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF, por sus siglas en inglés)
- Padecen un trastorno por consumo de sustancias
- Están en un programa de tratamiento para el trastorno por consumo de sustancias
- Son ciegos
- Están embarazadas o reciben cobertura de Medicaid posparto
- Cuidan de niños menores de 14 años o de otras personas con discapacidad
- Son veteranos con una calificación de discapacidad total otorgada por el Departamento de Asuntos de Veteranos
- Son jóvenes que han estado en hogares de acogida y tienen menos de 26 años
- Han estado encarcelados recientemente, en los últimos tres meses
- Tienen discapacidades físicas, intelectuales o del desarrollo que limitan significativamente su capacidad para realizar una o más actividades de la vida diaria
- Tienen lo que los CMS denominan “trastornos mentales incapacitantes”; es probable que esto se refiera a trastornos de salud mental incapacitantes, pero deberá comprobar esta exención cómo define su estado
- Son indígenas, nativos americanos, nativos de Alaska, miembros de tribus reconocidas a nivel federal o personas que cumplen los requisitos para recibir asistencia médica a través del Servicio de Salud Indígena (el IFR se refiere a las personas de todos estos grupos como “indígenas americanos”)
¿A quién se aplica esta regla?
Los requisitos laborales de Medicaid solo se aplican a la “población cubierta por la ampliación de Medicaid”: adultos de entre 18 y 64 años en los 41 estados que ampliaron Medicaid en el marco de la Ley de Asistencia Asequible. La ampliación de Medicaid da cobertura a muchas personas con discapacidad.
Las personas que viven en Alabama, Florida, Kansas, Misisipi, Carolina del Sur, Texas y Wyoming no se ven afectadas por los requisitos laborales. Los requisitos tampoco se aplican a los nativos de Alaska, a los nativos americanos ni a quienes residen en los territorios de Estados Unidos.
Cambio clave con respecto a la H.R.1 sobre requisitos laborales
Personas con fragilidad médica
El IFR establece cinco categorías para determinar quién se considera “personas con fragilidad médica”:
- Discapacidad: la definición se basa en los criterios de la Administración de la Seguridad Social (SSA, por sus siglas en inglés) y es distinta de otros criterios de discapacidad de la IFR
- Trastorno por consumo de sustancias: limitado a 5 años de recuperación, en los que se haya determinado una “recuperación estable”
- Trastornos mentales incapacitantes
- Necesidades relacionadas con las actividades de la vida diaria (AVD, por sus siglas en inglés)
- “Grave o complejo”: según la definición del Instituto de Medicina (IOM, por sus siglas en inglés) de 1999
- “…Una condición que pone en riesgo la vida, causa discapacidad grave sin ser mortal, provoca dolor o malestar que interrumpe las actividades diarias, requiere tiempo y esfuerzo de los cuidadores, necesita seguimiento frecuente, conlleva consecuencias graves para otros, afecta a varios sistemas orgánicos, requiere un control riguroso de los parámetros fisiológicos, implica la coordinación de múltiples especialidades, requiere un tratamiento con riesgo de complicaciones graves o adaptación en entornos no médicos..”
La IFR añade que esta condición debe “afectar significativamente” el cumplimiento de la obligación de informar sobre el trabajo. La IFR deja que los países decidan qué significa lo que “afecta significativamente”.
A partir del 1 de enero de 2028, los estados solo podrán aceptar una “fragilidad médica” autodeclarada una sola vez. Tendrán que comprobarlo con datos o documentos en la próxima renovación.
Próximos pasos para la aplicación de la IFR
Comentarios públicos
Aunque la IFR es definitiva, existe un plazo de 60 días para presentar comentarios públicos. Los CMS aceptan comentarios sobre la IFR hasta el 31 de julio de 2026.
Aplicación a nivel estatal
Los estados y sus asociaciones de Medicaid comenzarán a diseñar y planificar cómo aplicarán las nuevas directrices y los requisitos laborales. La legislación federal y la normativa de los CMS exigen que los estados informen directamente a los beneficiarios de Medicaid sobre los requisitos laborales al menos tres meses antes de que entren en vigor. Esto significa que deben comenzar a más tardar en otoño de 2026.
Recursos adicionales
Si tiene alguna otra pregunta, consulte las Preguntas frecuentes (FAQ) de la Asociación Americana de Personas con Discapacidad (AAPD). – Disponible solo en inglés.
















